Se acerca el regreso a clases y, con él, la compra de útiles escolares. Cada escuela, profesor y materia puede pedir algo diferente. Conozcamos un poco más sobre esto.

De acuerdo con Mario Arosemena, director de comunicación institucional de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), existe un listado de útiles, libros y uniformes escolares exentos del pago del impuesto (Itbms), basado en la Ley del 15 de julio de 1992 y el Decreto Ejecutivo No. 16 del 17 de marzo de 2008. Entre ellos se encuentran: libros y textos de cualquier género, cuadernos, lápices, loncheras, cartapacios, camisetas, faldas y pantalones escolares, entre otros.

Ante el incumplimiento del decreto mencionado, los consumidores podrán presentar sus denuncias en la Acodeco, aportando la factura o comprobante de pago donde se refleje el nombre y la ubicación del comercio.

Agnes de Cotes, viceministra académica del Ministerio de Educación (Meduca), comentó a ELLAS que algunos de los útiles escolares básicos que todo estudiante debe tener al inicio del año escolar son: un cuaderno de apuntes que le permita registrar su horario de clases, actividades desarrolladas en cada asignatura y deberes para la próxima clase, así como lápiz o bolígrafo.

La viceministra de Cotes reconoce que los centros educativos no deberían exigir útiles de marcas específicas. Esto lo afirma también el representante de Acodeco, quien comentó que siempre deberá existir la libertad para que el acudiente pueda investigar y comparar precios, permitiéndole adquirir estos artículos donde más le convenga, procurando que sean similares a los que solicita el centro educativo. No es obligación del padre o familiar comprar donde le indique el plantel.

La viceministra de Cotes detalló que “cuando un padre de familia no está conforme con una lista de útiles escolares por los costos que representa, debe acudir en primera instancia al docente; en caso de no obtener respuesta, dirigirse al director y, si aún no se resuelve, a la Acodeco”.

En materia de uniformes, el director menciona que la información respecto a estos “deberá ser compartida por parte del centro educativo a los padres de familia. Es necesario que dicha información sea divulgada de manera escrita, ya sea a través de una nota, comunicado o directamente establecido en el contrato escolar”.

Además, añade que esta situación aplica principalmente a los centros educativos particulares, donde se solicitan uniformes específicos. Por lo tanto, el padre de familia que decida inscribir a su hijo en tal institución debe estar consciente de que se le requerirá un uniforme particular.